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Mucho se habla hoy sobre el “patentar” pero: ¿conocemos realmente sus características y normativas?


La Propiedad Intelectual es la rama del derecho que protege ciertos tipos de creaciones de la mente humana, de carácter artístico o industrial. La Ley de Propiedad Intelectual, se divide en dos categorías:

1. la Propiedad Industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen; y

2. el Derecho de Autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas, las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, los dibujos, pinturas, fotografías, esculturas, y los diseños arquitectónicos.

La protección de las invenciones puede realizarse mediante mecanismos como el secreto industrial, el modelo de utilidad, el de diseño industrial o comercial y las patentes.

Las patentes forman parte del derecho de la propiedad industrial y se formalizan como un instrumento de la administración pública para fomentar la innovación y, la transferencia de tecnología y conocimiento a la sociedad.

Mencionemos a continuación algunos mitos sobre las patentes:

Se puede patentar una idea MITO!

El sistema de patentes no permite proteger ideas o teorías, sólo invenciones que sean novedosas, tengan una aplicación industrial y sean fruto de una actividad inventiva, es decir, no se deriven del estado de la técnica. “Serán patentables las invenciones de productos o de procedimientos, siempre que sean nuevas, entrañen una actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial.”

Las patentes son internacionales MITO!

La protección otorgada será de ámbito nacional. A pesar de ello, existen iniciativas internacionales que promueven cierta homogeneización de los requisitos y condiciones. Si patento mi invención esta será secreta por siempre MITO!

Si queremos proteger nuestra invención, con el objetivo de que ésta no sea revelada al público general, entonces deberemos optar por el secreto industrial.

La patente hace pública nuestra invención, el Estado nos garantiza la exclusividad de su explotación durante un período definido de tiempo, finalizado el mismo, nuestra invención será de acceso libre a todo el mundo.

Actualmente, el proceso de patentar en Argentina, suele ser complejo y de larga duración, aproximadamente 5 años, es por ello que deberá ser una decisión que deberá ser analizada y alineada con las estrategias de la empresa.

Fuentes:

http://www.inpi.gob.ar/ (http://www.inpi.gob.ar/)

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/35000-39999/35001/texact.htm(http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/35000-39999/35001/texact.htm)


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